El Gobierno acelera el FAL: dónde podrá invertirse el dinero de las indemnizaciones y el límite que cambia todo

El Gobierno acelera el FAL: dónde podrá invertirse el dinero de las indemnizaciones y el límite que cambia todo


El Gobierno dio un nuevo paso para poner en funcionamiento los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), el mecanismo creado por la reforma laboral para financiar indemnizaciones por despido y retiros voluntarios. A través de una resolución del Ministerio de Economía publicada en el Boletín Oficial, estableció en qué activos podrán invertirse los aportes de las empresas, los límites de cada colocación y el nivel mínimo de liquidez que deberán conservar los administradores.

La medida completa una parte central de la reglamentación del sistema, cuya puesta en marcha está prevista para el 1° de noviembre de 2026. El FAL forma parte de los cambios introducidos por la reforma laboral en materia de despidos e indemnizaciones y será administrado por entidades financieras bajo supervisión de la Comisión Nacional de Valores (CNV). Para los empleadores, la política de inversión resulta clave porque de ella dependerá que exista dinero disponible cuando corresponda afrontar una prestación laboral.

En qué se podrá invertir el dinero de las indemnizacionesLa resolución establece que la administración deberá seguir criterios de seguridad, liquidez, diversificación, transparencia y preservación del capital. «Estos principios no son meramente declarativos, funcionan como criterio interpretativo para las entidades» durante los controles de la CNV, explicó el tributarista Sebastián Domínguez.



Los recursos deberán permanecer dentro del sistema financiero argentino y podrán colocarse exclusivamente en pesos. La reglamentación habilita cuatro grandes categorías:

Deuda emitida por el Estado Nacional.Bonos provinciales o de la Ciudad de Buenos Aires.Depósitos en entidades financieras autorizadas por el BCRA.Obligaciones negociables de empresas privadas emitidas en Argentina.Para los bonos provinciales y las obligaciones negociables privadas habrá requisitos especialmente exigentes: deberán contar con oferta pública, negociarse en mercados autorizados por la CNV y tener calificación de riesgo «AAA» otorgada por al menos dos calificadoras registradas. «Este último requisito es particularmente exigente. En la práctica, esto acota de manera significativa el universo de activos elegibles», señaló Domínguez.

CER, TAMAR y dólar linked: los límites que tendrán las inversionesLos FAL podrán incorporar instrumentos con tasa fija, tasa TAMAR, ajuste por inflación mediante CER o vinculados a la evolución del dólar, además de bonos duales que combinen dos de esas alternativas. Pese a admitir activos dólar linked, la normativa mantiene la prohibición de invertir directamente en moneda extranjera o en instrumentos emitidos fuera de la Argentina.



Economía también fijó topes para evitar que el patrimonio quede demasiado concentrado: podrá destinarse hasta 15% a depósitos en una misma entidad financiera; 15% a deuda provincial y de CABA, con un máximo del 5% por jurisdicción; 20% a obligaciones negociables, con un límite del 10% por emisor; y 10% a instrumentos dólar linked. La decisión cobra especial relevancia porque el FAL podría generar un importante flujo mensual de recursos hacia el mercado de capitales.

Los bancos administradores tampoco podrán utilizar el dinero para comprar instrumentos emitidos por ellos mismos, sus controlantes o empresas vinculadas, salvo depósitos operativos y transitorios a la vista. Con esa restricción, el Gobierno busca evitar conflictos de interés y reducir riesgos sobre los recursos destinados a las indemnizaciones.

El 10% deberá quedar disponible para afrontar pagosOtro punto central es el piso obligatorio de liquidez. Las entidades deberán conservar al menos el 10% del patrimonio de cada FAL en activos líquidos y de bajo riesgo, como depósitos a la vista, plazos fijos precancelables o Letras del Tesoro de corto plazo. La intención es evitar que, ante un despido, el administrador tenga que desprenderse rápidamente de inversiones de largo plazo para conseguir el efectivo.



Si la liquidez cae por debajo del 10% como consecuencia del pago de prestaciones, habrá 90 días corridos para recomponerla. La regulación complementa el esquema que establece que las entidades deberán transferir los fondos correspondientes cuando se produzca una indemnización. «Los límites de diversificación, el piso de liquidez mínima y la prohibición de invertir en instrumentos vinculados a la propia entidad administradora conforman un esquema orientado a preservar el capital aportado y a garantizar que los fondos estén disponibles», explicó Domínguez.

La CNV tendrá ahora 45 días corridos para dictar las normas complementarias. Entre los aspectos pendientes aparecen los mecanismos de reporte y control y la denominada «portabilidad»: cada empleador podrá trasladar su fondo de una entidad administradora a otra si encuentra mejores condiciones. Lo que no podrá hacer será dividir sus aportes entre diferentes FAL: cada mes deberá dirigir el 100% de la contribución a un único fondo.

Cómo funcionará el FAL y qué cambia para los trabajadoresEl nuevo sistema se financiará mediante una porción de las contribuciones patronales que actualmente se destinan al sistema de seguridad social. Las grandes empresas aportarán el 1% y las pymes el 2,5%, por lo que, según el diseño oficial, no representará un costo patronal adicional. ARCA recaudará los aportes y los derivará hacia el administrador seleccionado por cada empleador. El esquema alcanzará a millones de trabajadores registrados del sector privado.



Las entidades podrán constituir fondos exclusivos para una compañía o FAL multiempresa, que agrupen los aportes de numerosos empleadores. Bancos y agentes de liquidación y compensación (ALyC) competirán así por administrar un volumen creciente de recursos, a cambio de una comisión que tendrá un máximo del 1% del patrimonio administrado.

Para el trabajador no habrá que realizar ningún aporte adicional ni trámite para integrar el sistema. Los recursos acumulados estarán afectados exclusivamente al cumplimiento de las prestaciones laborales contempladas por el régimen y no podrán ser retirados libremente por la empresa. Con las nuevas reglas de inversión, el Gobierno busca que esos fondos generen rendimiento mientras permanecen acumulados, pero manteniendo suficiente liquidez para responder cuando llegue el momento de pagar una indemnización.