
Buenos Aires, 15 octubre (PV) — Martín Cormick, el juez que suspendió dos artículos de la reforma laboral y dispuso multas por el incumplimiento del financiamiento universitario, es un especialista en Derecho Administrativo que llegó a la magistratura en 2020, después de ocupar cargos públicos durante los gobiernos de Cristina Kirchner y Alberto Fernández.
Está al frente del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal 11 de la Capital Federal. Su nombramiento fue dispuesto por Alberto Fernández mediante el decreto 866, firmado el 5 de noviembre de 2020, después del correspondiente acuerdo del Senado Nacional.
Ley de Financiamiento Universitario: la Justicia impuso una multa diaria al Gobierno por incumplimiento
Abogado y magíster en Derecho Administrativo por la Universidad de Buenos Aires, también desarrolla una carrera académica: es docente de grado y posgrado en universidades como las de Avellaneda y José C. Paz y es coautor de publicaciones sobre contratos administrativos y servicios públicos.
Una reseña institucional del Consejo de la Magistratura porteño consigna, además, su desempeño como defensor de primera instancia en el fuero Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires.
Financiamiento universitario: la Justicia declaró inconstitucional el decreto del Gobierno que frenaba la ley
Antes de ser juez federal, condujo la Inspección General de Justicia (IGJ), el organismo encargado de registrar y fiscalizar sociedades y entidades civiles. Cristina Kirchner lo designó en ese cargo en 2014 mediante el decreto 1756 publicado en el Boletín Oficial en octubre de ese año.
Posteriormente, entre diciembre de 2019 y noviembre de 2020, estuvo a cargo de la Sindicatura General del PAMI, durante la gestión de Luana Volnovich. Sus antecedentes en ambas administraciones fueron destacados por medios como el diario La Nación, que también mencionó su cercanía con dirigentes de La Cámpora.
Entre las decisiones de mayor repercusión de su juzgado figura la intervención en el conflicto por la Ley de Financiamiento Universitario, promovido por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), la Universidad de Buenos Aires UBA y otras instituciones.
La Justicia suspendió cambios de la reforma laboral sobre costas y honorarios de abogados
El pasado 6 de octubre declaró inconstitucional el mecanismo utilizado por el Poder Ejecutivo para suspender la ejecución de esa norma después de que el Congreso rechazara el veto presidencial. Consideró que la promulgación condicionada había funcionado como una instancia de veto no prevista por la Constitución.
La causa ya contaba con una medida cautelar favorable a las universidades, dictada en diciembre de 2025 y confirmada por la Cámara. En junio, la Corte Suprema desestimó el recurso extraordinario del Estado contra esa protección provisoria.
Esta semana Cormick fijó una multa inicial de $100.000 diarios al jefe de Gabinete, Diego Santilli, por el incumplimiento de la cautelar que obliga a actualizar salarios y becas universitarias.
El protocolo antipiquetes continuará en vigencia tras el recurso que presentó el Gobierno
El Gobierno anunció que apelaría esa decisión y cuestionó los antecedentes políticos del magistrado. La apelación suspendió los efectos de la sentencia sobre el fondo del conflicto universitario, pero la cautelar continuó vigente.
Otro expediente que lo colocó en el centro de la discusión pública fue el iniciado por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) contra el protocolo ‘antipiquetes’ del Ministerio de Seguridad Nacional.
En marzo de 2025 rechazó un pedido para suspenderlo cautelarmente y dispuso que su juzgado participara como observador de una movilización de jubilados frente al Congreso.
Al resolver el fondo del planteo, en diciembre de ese año, declaró nula la resolución que había establecido el protocolo, al considerar que el Ejecutivo había avanzado sobre atribuciones legislativas. Sin embargo, esa decisión fue dejada sin efecto por la Cámara en marzo de 2026.
Nuevos incidentes en el Congreso durante la marcha de los jubilados
La nueva intervención sobre la reforma laboral se produjo a partir de una presentación del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal contra las disposiciones que modificaron la responsabilidad de los profesionales por los montos reclamados y el régimen de cobro de honorarios.
En este caso, Cormick suspendió cautelarmente los artículos 10 y 56 de la Ley 27.802. La medida tiene un plazo de tres meses o hasta el dictado de una sentencia definitiva, lo que ocurra primero, y no constituye todavía una declaración de inconstitucionalidad de esas disposiciones.
Agencia NA
