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En el primero de los casos, una investigación sobre la importación de lavavajillas provenientes de China y Turquía, abierta en diciembre de 2016, derivó en la aplicación de derechos antidumping, oficializada a través de la resolución 173/2018, publicada el viernes en el Boletín Oficial (BO).
La Comisión Nacional de Comercio Exterior (CNCE) determinó que, en este caso, la denunciante «sufrió un daño importante» y recomendó la aplicación por cinco años de derechos antidumping del 54% para China y del 33% para Turquía.
La CNCE determinó que los precios de dumping de las importaciones «generaron una fuerte caída en la rentabilidad, depresión de la producción y de las ventas de la denunciante».
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