La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) volvió a darle más tiempo a los contribuyentes alcanzados por el Impuesto a las Ganancias. En esta ocasión, el organismo extendió hasta el 16 de noviembre de 2026 el plazo para presentar las declaraciones juradas de personas humanas correspondientes al período fiscal 2025.
La medida se da en medio de las demoras vinculadas con la reglamentación de la Ley de Inocencia Fiscal II, una iniciativa del Gobierno orientada a facilitar la incorporación al sistema financiero de los dólares que muchos argentinos aún mantienen fuera del circuito bancario. Además, también se ampliaron los plazos para acceder a planes de pago especiales.
La nueva fecha reemplaza al vencimiento anterior, fijado para el 30 de octubre, y deja sin efecto el plazo original que había sido establecido para el 27 de julio. La prórroga fue oficializada mediante la Resolución General 5918/2026, publicada en el Boletín Oficial.
Por qué ARCA volvió a prorrogar la presentación de GananciasLas sucesivas modificaciones del calendario tributario están directamente relacionadas con la aprobación y posterior reglamentación de la Ley de Inocencia Fiscal II. El objetivo de esta norma es incentivar la formalización de ahorros no bancarizados y facilitar su ingreso a la economía formal.
La ley fue aprobada por el Congreso el 17 de septiembre, pero las demoras en la definición de sus aspectos reglamentarios obligaron a extender nuevamente los plazos. Desde ARCA explicaron, además, que la decisión respondió a planteos de entidades que representan a profesionales de ciencias económicas, con el fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Qué cambia con la Ley de Inocencia Fiscal IILa nueva legislación introduce cambios en el régimen simplificado de declaración jurada de Ganancias, con el objetivo de reducir controles sobre la evolución patrimonial y promover la incorporación de ahorros no bancarizados al sistema formal.
Uno de los puntos más relevantes es la eliminación de los topes que condicionaban la adhesión al régimen simplificado. Hasta ahora, esos límites estaban fijados en $1.000 millones de ingresos y $10.000 millones de patrimonio.
Se eliminan los límites de ingresos y patrimonio para acceder al régimen simplificado.Se flexibilizan los controles sobre diferencias entre lo declarado y lo determinado por ARCA.Se amplían los plazos para regularizar obligaciones y acceder a planes de pago.Los nuevos criterios de ARCA para detectar diferencias en GananciasLa ley también flexibiliza los parámetros que utiliza ARCA para identificar discrepancias significativas entre los impuestos declarados y los montos determinados por el organismo. Según la normativa, una diferencia podrá considerarse relevante cuando el ajuste implique un incremento del impuesto de al menos 15% respecto de lo declarado, o una reducción de los quebrantos, de acuerdo con los criterios vigentes.
Además, se habilita que, bajo determinadas circunstancias, los contribuyentes puedan rectificar sus declaraciones juradas y regularizar diferencias sin que esas correcciones sean consideradas automáticamente como discrepancias significativas.
ARCA también extendió los planes de pago para pymes y el sector saludEn paralelo, el organismo prorrogó hasta el 30 de diciembre de 2026 el plazo para adherir a regímenes especiales de facilidades de pago, destinados al sector salud, las MiPyMEs, los pequeños contribuyentes y las entidades sin fines de lucro.
La medida fue oficializada mediante la Resolución General 5920/2026, también publicada en el Boletín Oficial. De esta manera, los sectores alcanzados tendrán más tiempo para acceder a mecanismos especiales de regularización de sus obligaciones fiscales y organizar mejor su situación tributaria.
