Ganancias: ARCA finalmente prorrogó la fecha de la presentación de la declaración jurada

Ganancias: ARCA finalmente prorrogó la fecha de la presentación de la declaración jurada


La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) finalmente escuchó los pedidos de los profesionales y contribuyentes y modificó la fecha de vencimiento de la presentación de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias.

Recordemos que el plazo fue modificado en varias oportunidades (originalmente vencía en junio) y que había quedado fijado para el jueves 27 de agosto. Sin embargo, esto iba a impedir que muchas personas pudieran aprovechar los beneficios del régimen simplificado.

Ocurre que el Gobierno elevó una propuesta para eliminar algunas condiciones (fundamentalmente, la eliminación de los topes de ingresos y de patrimonio) para que sean más los contribuyentes que puedan adherir a Ganancias Simplificado.



Pero la firma del dictamen se demoró más de lo pensado y la fecha en la que finalmente se tratará la reforma (este miércoles 26 de agosto) quedó demasiado cercana a la del vencimiento.

Por este motivo, ARCA propuso establecer una prórroga tanto en los plazos para la presentación de declaración jurada del impuesto, como la del vencimiento del primer anticipo:

Fecha de presentación de la declaración jurada: 22 de septiembre.Fecha de ingreso del primer anticipo: 24 de septiembre.Prórroga – ARCA



De esta manera, habrá tiempo para poder conocer el texto que finalmente se materialice en ley, así como la reglamentación y la adaptación de los sistemas necesarios para la puesta a punto del régimen.

El pedido de los profesionalesEl comunicado del fisco nacional reconoce que «distintas asociaciones profesionales en Ciencias Económicas, solicitaron a esta ARCA una nueva prórroga (actual vencimiento: día 27 de agosto)».

Asimismo, remarcó que las entidades «manifestaron el interés de adhesión de contribuyentes potencialmente alcanzados por la reforma y la necesidad de conocer la normativa aplicable».



Tal como diera cuenta El Economista, la Federación Argentina de Consejo Profesionales en Ciencias Económicas (FACPCE) había enviado una carta al organismo de recaudación solicitando una prórroga.

Luego, se dió a conocer la voluntad de otras entidades, entre las que se destacan el Consejo Profesional de Ciencias Económicas porteño (CPCECABA) y la Federación Argentina de Graduados en Ciencias Económicas (FAGCE).

En las misivas, las tres instituciones planteaban los mismos argumentos: que el tratamiento legislativo estaba previsto para el día 26 de agosto, mientras que el vencimiento establecido para la presentación de las declaraciones juradas operaban el 27 de agosto.



Aseguraban que los tiempos legislativos no permitirían que salgan las publicaciones, reglamentaciones y los ajustes en los sistemas necesarios para poner en práctica los cambios aprobados.

También hacían referencia a la imposibilidad de los contribuyentes y de los profesionales que los asisten en adecuar sus liquidaciones con el debido tiempo antes del vencimiento previsto para el día siguiente.

Por último, desde las entidades profesionales remarcaron que las modificaciones buscan preservar los principios de seguridad jurídica, razonabilidad y previsibilidad en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.



Por esto, ARCA remarcó que «en base a lo mencionado, se considera conveniente disponer la extensión del plazo para la presentación de la mencionada declaración jurada y, dada su incidencia en el cálculo de anticipos, prorrogar a su vez el plazo del primero de ellos, manteniendo su ingreso en el mismo mes presupuestado por Hacienda».

Los cambios del proyectoTal como diera cuenta este medio, las comisiones de Presupuesto y Hacienda y de Legislación Penal de la Cámara de Diputados fueron las encargadas de aprobar el dictamen para avanzar con el tratamiento del proyecto, aunque con una serie de cambios clave.

En concreto, el texto propone incluir el artículo 38 bis que es el que equipara la situación de los funcionarios con la de los Grandes Contribuyentes, que podrán adherir al régimen simplificado de Ganancias, pero que no gozarán de los beneficios del tapón fiscal.



De recibir luz verde en el recinto tal como lo aprobaron las comisiones, la medida se hace extensible a:

Los funcionarios o empleados con jerarquía no inferior a la de secretario de Estado o equivalente, que presten servicios en la Administración Pública centralizada o descentralizada en el ámbito nacional, provincial, municipal o de la Ciudad de Buenos Aires.Los legisladores nacionales, provinciales o de CABA; concejales municipales o parlamentarios del Mercosur.Los magistrados del Poder Judicial nacional, provincial, municipal o de CABA.Los magistrados del Ministerio Público nacional, provincial, municipal o de CABA.El Defensor del Pueblo o adjunto del Defensor del Pueblo nacional, provincial, municipal o de CABA.Los miembros del Consejo de la Magistratura o del jurado de enjuiciamiento.La otra gran novedad que introdujeron las comisiones de Diputados fue la incorporación de una reducción de un 25% de las multas por falta de presentación de las declaraciones juradas para los pequeños contribuyentes.

Con la prórroga, todo queda en manos del Congreso, que deberá decidir si finalmente aprueba la propuesta sin cambios o decide introducir modificaciones al proyecto que obtuvo el dictamen.