El Hipódromo es de la Nación, pero en el Tattersall manda la Ciudad, según fallo

El Hipódromo es de la Nación, pero en el Tattersall manda la Ciudad, según fallo

La Cámara en lo Contencioso Administrativo rechazó un reclamo de la empresa que pretende explotar el salón Tattersall de Palermo, en esta Capital, para fiestas y eventos privados.

La Cámara ratificó que el predio del Hipódromo de Palermo, donde está situado el local destinado a explotación comercial, es jurisdicción del Estado Nacional.

Pero para montar en el Tattersal un emprendimiento comercial, el poder de policía -en materia de a la seguridad, ambiente y edificación- es resorte del gobierno porteño.

Los camaristas Jorge Argento, Carlos Grecco y Sergio Fernández rechazaron una «acción declarativa de certeza» planteada por la empresa Tattersall de Palermo S.A. contra Lotería Nacional S.E. y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

La empresa se quejó porque las autoridades porteñas rechazaron la habilitación para que funcionara en el lugar una serie de emprendimientos comerciales, entre ellos un restaurante, pese a que el predio es propiedad del Estado Nacional.

El planteo sostenía que el gobierno porteño «tiene facultades para reglar la explotación comercial concedida por el Estado Nacional en un predio de utilidad nacional (Hipódromo de Palermo), siendo una facultad excluyente del Gobierno Federal».

Pero la propia Lotería Nacional aclaró que «desde la inauguración del Hipódromo de Palermo, las explotaciones gastronómicas complementarias de la actividad hípica que existen y han existido, fueron consideradas como actividades sometidas al poder de policía en materia de construcciones, controles sanitarios, y habilitaciones que se encontraban a cargo de las autoridades municipales».

«Lotería Nacional limita su poder de policía en lo relativo a la explotación del juego (juegos de azar, apuestas y actividades conexas a éstas, tales como loterías, hipódromos), que no alcanza a explotaciones complementarias de salones de fiestas o gastronómicas, sin cuestionar las competencias que se encuentra a cargo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sobre la explotación comercial de los salones de fiestas y reuniones del Tattersall», explica el fallo.

Los camaristas concluyeron que «sobre el inmueble locado por Lotería Nacional SE coexisten facultades concurrentes entre la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Estado Nacional, recayendo en el ámbito de la Ciudad lo concerniente a las condiciones de seguridad de los inmuebles allí construidos o que se construyan; para lo cual resultaba imprescindible la correspondiente habilitación otorgada por las autoridades locales».

El reclamo judicial presentado por la empresa «no se halla dirigido a despejar un estado de incertidumbre que le impida ejercer los derechos provenientes de la locación del predio del Tattersall, sino más bien a cuestionar el acto de rechazo de la habilitación solicitada y la consecuente clausura», consideraron los jueces.