El tribunal destacó la importancia de la libertad de expresión como protección de la actividad crítica de los periodistas. Dijo además que el incumplimiento de las sentencias por parte del Estado es “una clara violación de principios constitucionales”
La Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó este martes al Estado Nacional incluir a la empresa Arte Radiotelevisivo Argentino SA (Artear SA), titular de LS 85 TV Canal 13, en el reparto de la publicidad oficial y destacó la importancia de la libertad de expresión en el régimen democrático, tanto en lo referente a la libertad que tienen los ciudadanos de expresar sus ideas, como en la protección de la actividad crítica de los periodistas y en el rechazo de todo tipo de censura.
En el fallo se confirma la sentencia de la Cámara que había hecho lugar a la demanda invocando precedentes de la Corte (Rio Negro y Perfil). Los jueces Lorenzetti, Maqueda, Fayt, firman un voto conjunto en el que declaran admisible el recurso, destacan que los precedentes deben ser acatados, y refuerzan la importancia del cumplimiento de las sentencias, máxime en el campo de la libertad de expresión. La jueza Highton adhiere con su propio voto. Los jueces Petracchi y Argibay declaran inadmisible el recurso.
Todos coinciden en confirmar la sentencia, excepto el Dr Zaffaroni, quien solicita que se de vista al Procurador.
